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Madrid Central. Área Prioridad Residencial (A.P.R)

 

Actualización 31 Julio 2020: El Tribunal Superior Justicia de Madrid (TSJM) emitió el 28 de julio un veredicto anulando la normativa de Madrid Central y el Ayuntamiento de Madrid ha anunciado que no recurrirá esta decisión. Sin embargo, Madrid Central sigue vigente hasta que la sentencia sea firme por lo que las normas y las sanciones son válidas. 


 

Una de las soluciones que han escogido muchas ciudades para reducir los niveles de dióxido de nitrógeno, son las Áreas Prioridad Residencial (A.P.R). Espacios en los que se restringe el acceso de vehículos no residentes con el objetivo de darle un mayor espacio al peatón, al transporte público, a bicicletas o cierto tipo de vehículos, disminuyendo los niveles de contaminación acústica y atmosférica de dichos espacios colaborando así con el medio ambiente. Ahora con el nombre de «Madrid Central». 

En la capital de España se ha delimitado un nuevo área de prioridad residencial conocido con el nombre de «Madrid Central» y entrará en vigor en el centro de la capital española el próximo 30 de noviembre. Sin embargo, con ánimo de ir concienciando a todos los conductores, estas restricciones entrarán en fase de pruebas y no se impondrán multas a quienes cometan infracciones. ¿Hasta cuando? Por el momento no hay fecha estipulada.

  • ¿A qué zonas afecta este área «Madrid Central»?

Mapa Madrid Central

Este área agrupará las cuatro APR actuales (Letras, Cortes, Embajadores y Ópera) y añadirá otras zonas del centro. El perímetro lo determinan las rondas y los bulevares: las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Bilbao, Plaza de Alonso Martínez, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Toledo, Ronda de Segovia, Calle Bailén, Plaza de España y Calle Princesa. Se permitirá la libre circulación en los siguientes viales: Calle Santa Cruz de Marcenado (de Calle Serrano Jover a Calle Mártires de Alcalá), Calle Mártires de Alcalá (de Calle Santa Cruz de Marcenado a Calle Alberto Aguilera), Avenida Gran Vía de San Francisco, Calle Bailén, Calle Algeciras, Cuesta Ramón, Calle Ventura Rodríguez (de Calle Princesa a Calle Duque de Liria)Y Calle Duque de Liria (de Calle Ventura Rodríguez a Calle Princesa).

  • ¿Qué tipo de vehículos pueden entrar en «Madrid Central»?

-Vehículos pertenecientes a los residentes en esa zona, los cuales podrán circular como hasta ahora. Dicho de otro modo, los residentes empadronados podrán circular libremente con sus vehículos y podrán estacionar en su barrio como lo hacen normalmente.

-Vehículos de transporte público, autobuses y taxis. En cuanto a los taxis y los VTC (vehículos de transporte con conductor), solo podrán acceder libremente con distintivo ambiental hasta 2025. A partir de esa fecha, solo podrán entrar en Madrid Central los vehículos CERO o ECO. Los VTC, además, tendrán que pedir un permiso si tienen vehículos con etiqueta B o C.

-Vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (con algunas restricciones dependiendo de si el peso es mayor o menor a 3.500 kg) y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, adaptados para la retransmisión de radio o televisión o vehículos blindados.

-Vehículos de servicios públicos esenciales. Entre ellos destacarían: Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Municipal y Agentes de Movilidad, extinción de incendios, protección civil, salvamento, ambulancias, otros servicios de emergencias y grúa municipal.

-Los vehículos de ‘carsharing’, seguirán la norma general llevando la etiqueta y sólo podrán aparcar si es CERO o ECO. Si son C o B solo podrán acceder si aparcasen en un parking subterráneo durante su estancia.

-Vehículos a los cuales se les otorga una autorización especial por un tiempo determinado o «vehículos invitados». Cada empadronado en la zona mayor de 16 años dispondrá de 20 invitaciones al mes para dar acceso a Madrid Central a vehículos de invitados. Estos vehículos invitados por los empadronados podrán acceder y estacionar tanto en el SER (2 horas máximo) como en un aparcamiento sin límite de tiempo. Si bien, los vehículos de invitados que no dispongan de etiqueta ambiental no podrán acceder a partir de 2020. Estas invitaciones se tramitarán a través de la web, la APP de Madrid Central o su perfil en la red social, Twitter.

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  • ¿Y respecto a las motos?

A las personas empadronadas en el área de Madrid Central, se les permitirá el acceso con motocicletas, ciclomotores y vehículos de 3 ruedas sin necesidad de tener etiqueta al ser residente de la zona hasta el 2025. Posteriormente, sí será necesario disponer de ésta salvo que estén matriculadas como vehículo histórico. Por otro lado, las personas no empadronadas en la zona, podrán acceder y estacionar en «Madrid Central»con motocicletas, ciclomotores y vehículos de 3 ruedas cuya etiqueta sea B o C desde las 7:00 horas hasta las 22:00 horas. Respecto al resto y como ocurre con los coches, todos los sean etiqueta ECO o CERO emisiones podrán acceder sin limitación horaria.

  • ¿Cómo se llevará el control de los vehículos que acceden a la APR? 

– Para informar a los vehículos, se señalizan todas las entradas y salidas de la zona.

-Se crea una base de datos con las matrículas de los vehículos autorizados según las restricciones que hemos indicado anteriormente.

-Se instalan sistemas de control de los vehículos que acceden a la APR.

-Se denuncian a aquellos vehículos cuya matrícula es leída y la misma no consta en la base de datos creada, con autorización permanente o temporal.

  • ¿Y cómo se puede entrar a los parkings sin ser multado?

Todos los vehículos privados con etiqueta ambiental, podrán entrar en las zonas de Madrid Central pero con una condición, aparcar en un parking. Además, será importante que esto se tenga muy en cuenta ya que si bien por el momento se está en fase de pruebas, las denuncias serán muy firmes cuando finalmente estas restricciones entren en vigor. Si reservas tu parking con ElParking en el centro de Madrid no tendrás que preocuparte por el acceso a la A.P.R. nosotros nos ocupamos de gestionar la autorización para tu matrícula para circular por Madrid Central hasta el aparcamiento y que no te multen.

Con esta medida el Ayuntamiento de Madrid pretende que esa amplia área se convierta en una zona más amigable para vecinos y viandantes, así como que se mejore de forma importante la calidad del aire que se respira. Una calidad del aire vital (y nunca mejor dicho) para cuidar nuestro planeta. No olvidemos que vivimos en él 😉

Para acceder al apartado de preguntas frecuentes acerca de «Madrid Central», puedes consultar la web del ayuntamiento de Madrid.